lunes, 28 de mayo de 2012

29-5-12 LA SAD EN PRIMARIA 1

DURANTE EL DIA 29-05-12 SE ATENDERA EN LA PRIMARIA 1 (SAENZ 450, AL LADO DE LA CATEDRAL, FRENTE A LA PLAZA) DEBIDO A QUE EL EDIFICIO DE LA TECNICA 1 SERA DESINFECTADO. EL HORARIO DE ATENCION SERA DE 8 A 13 HS.

domingo, 27 de mayo de 2012

Fallecimiento de la profesora Patricia Galeazzi

A continuacion transcribimos un comunicado de SUTEBA LOMAS:Compañeras y compañeros: compartimos con ustedes una muy triste noticia. Falleció Patricia Galeazzi una entrañable compañera militante del SUTEBA, muy buena persona, muy buena trabajadora de la escuela pública (EP 50 Lomas) y que fuera hace algunos años responsable del Centro de Salud de Lomas. Por tal motivo el sindicato estará cerrado por duelo. La velan en Casa Lasalle en H. Yrigoyen 8762 hoy Domingo de 20hs a 1 hr y mañana Lunes de 8 hs hasta sepelio. CES DEL SUTEBA DE LOMAS DE ZAMORA

martes, 22 de mayo de 2012

PROFESOR RICARDO GUZETT Q.E.P.D.

CON HONDO PESAR COMUNICAMOS EL FALLECIMIENTO DEL PROFESOR RICARDO GUZETTI,SECRETARIO DE LA ESCUELA 317, GRAN COMPAÑERO, AMIGO, EXCELENTE PROFESIONAL. TODA LA SECRETARIA ACOMPAÑA A FAMILIARES Y COMPAÑEROS EN TAN TRISTE DIA.

lunes, 21 de mayo de 2012

FAGOT-VIOLIN

SE REALIZARA LA INSCRIPCIÓN PARA TERCIARIO ARTÍSTICA PARA LAS ASIGNATURA DE FAGOT Y DE VIOLÍN. DIFUSIÓN: 21-5 AL 28-5 INSCRIPCIÓN:29-5 Y 30-5 DE 12,30 A 14 HS. TITULO HABILITANTE (DE FAGOT O VIOLÍN RESPECTIVAMENTE)D.N.I. PLANILLA IN FINE POR DUPLICADO.FOLIO.

CARGO DE FO C.E.C.805

HACE VARIOS DIAS QUE PERMAQNECE SIN CUBRIR UN CARGO DE FO EN EL C.E.C. 805, SALE MARTES Y JUEVES (PSICOLOGIA) LOS ASPIRANTES QUE ESTEN EN CONDICIONES DE CUBRIRLO, ACERCARSE A SAD PARA EL ACTO PUBLICO. EL TURNO ES ALTERNADO.

viernes, 18 de mayo de 2012

dec.441/95 res.1182/11

LA PLATA, 3 de mayo de 2012. VISTO el expediente Nº 5802-1888567/12, la Ley Nº 10.579 y su Reglamentación, el artículo 2º del Decreto Nº 2485/92, modificado por el artículo 43 del Decreto Nº 441/95 y la Resolución Nº 1182/11, y; CONSIDERANDO: Que la ley aludida, aprueba el Estatuto del Docente que comprende al personal docente que se desempeña en todos los niveles, modalidades y especialidades de la Enseñanza y Organismos de Apoyo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Que la aplicación del Estatuto del Docente y su Reglamentación, los Acuerdos Paritarios Docentes y los celebrados en la Mesa de Cogestión, junto a las normas educativas, poseen un efecto en el desarrollo mismo de las actividades pedagógicas de las instituciones bonaerenses; Que las instituciones educativas y su personal docente, requieren de mecanismos que optimicen la prestación de cada establecimiento educativo; Que, en este sentido, resulta necesario acompañar la práctica cotidiana de los docentes con medidas que favorezcan la continuidad en el desempeño, como principio que beneficia la relación docente-alumno e institucional; Que el desempeño docente en términos de continuidad laboral para el personal suplente se encuentra contemplado en el artículo 110º inciso a) del Estatuto del Docente y el artículo 110º inciso c) de su Reglamentación; Que la norma citada establece que el reintegro de titular o provisional es causal de cese del personal docente en condición suplente; Que en este sentido, el Consejo General de Cultura y Educación se expide respecto de situaciones reiteradas en las cuales un docente titular o provisional interrumpe la licencia que da origen al desempeño del suplente y su reintegro produce el cese del docente suplente; Que, ante este supuesto fáctico, siguiendo la interpretación de la norma, el Consejo General de Cultura y Educación, fundamenta que “no hay razón que justifique la interrupción de la continuidad del suplente con la afectación institucional que supone”; Que el artículo 1º de la Resolución Nº 1182/11, interpreta, que el reintegro al que refiere el inciso a) del artículo 110 de la Ley Nº 10.579, es reintegro efectivo a la prestación de servicio con presencia física al frente de sus funciones específicas; Que en este sentido, la norma prevé la continuidad laboral del personal docente en cargos de base, a los efectos de asegurar la prestación de servicios regulares de los establecimientos educativos; Que de la norma se desprende la necesidad de brindar precisiones a los efectos de asegurar la continuidad de aquellos docentes suplentes que en tal condición, se han desempeñado con funciones jerárquicas transitorias; Que para el caso de las funciones jerárquicas transitorias en condición suplente en el marco del artículo 75º.13.2.1 de la ley Nº 10.579, se observa vacío normativo en tanto prescribe causales de ceses sin precisar la continuidad de los respectivos docentes, ante idéntico supuesto al que estatutariamente se da respuesta para cargos de base, horas cátedra o módulos; Que, para el supuesto en que producido el reintegro del titular o provisional que originó la asignación de funciones jerárquicas suplentes y antes del inicio del ciclo lectivo siguiente presentare licencia por cualquier causal, corresponde, por un principio de igualdad en la instrumentación de las continuidades docentes establecidas para los cargos de base y su finalidad institucional educativa, aplicar idéntico criterio para las funciones jerárquicas transitorias; Que la aplicación de idéntico criterio asegura equidad para todos los servicios educativos en pos de otorgar igual tratamiento a la organización institucional interpretando a favor de la continuidad del personal docente suplente en funciones jerárquicas transitorias; Que en Mesa de cogestión celebrada en marzo de 2012, los miembros de las entidades gremiales docentes que la integran en el marco del artículo 9º del Estatuto del Docente y su Reglamentación, se expiden favorablemente sobre el fondo de la cuestión planteada; Que en cumplimiento de las prescripciones del artículo 103 de la Ley de Educación Provincial, el Consejo General de Cultura y educación toma intervención en el área de su competencia y dictamina favorablemente; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 13688, Artículo 69, inciso e) y k) y artículo 2º del Decreto Nº 2485/92 – modificado por el art. 43 del Decreto Nº 441/95-; Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION RESUELVE ARTICULO 1°. Determinar que en los casos que el personal docente con asignación de funciones jerárquicas transitorias con carácter suplente hubiere sido desplazado por el titular o provisional ausente y éste renovare sus licencia para el próximo ciclo lectivo antes de la iniciación del mismo, de acuerdo al Nivel y Modalidad de pertenencia, el superior jerárquico convocará al mismo suplente que desempeñó dichas funciones jerárquicas transitorias hasta el reintegro del titular o provisional. ARTICULO 2°. Establecer que en caso que el suplente que desempeñara las funciones jerárquicas transitorias no aceptare, se labrará acta dejando constancia bajo firma de su negativa y se procederá a ofrecer la asignación de las funciones jerárquicas transitorias en el marco establecido por artículo 75º del Estatuto del Docente y su Reglamentación. ARTICULO 3º. Encomendar a las Direcciones competentes en la materia, realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del presente acto administrativo. ARTICULO 4°. Establecer que la presente Resolución será refrendada por la señora Vicepresidente 2º del Consejo General de Cultura y Educación de este Organismo. ARTICULO 5°. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; Comunicar a las Subsecretarías de Educación, de Gestión Educativa, de Recursos Humanos y Condiciones Laborables, al Consejo General de Cultura y Educación, comunicar a las Direcciones Provinciales de Nivel, de Gestión Educativa, de Recursos Humanos, a las Direcciones de Modalidad, de Tribunales de Clasificación, de Personal, de Asuntos Docentes y por intermedio de la misma a las Secretarias de Asuntos Docentes, de Inspección General, a las Jefaturas de Región y Distritales y por su intermedio a quienes corresponda. Remítase al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA) y publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar. RESOLUCION N° 569 Hay firmas y sellos que dicen: Prof. JORGELINA M. FITTIPALDI Dra. SILVINA GVIRTZ VICEPRESIDENTE 2º Director General Consejero General de Cultura y Educación de Cultura y Educación Dirección General de Cultura y Educación Provincia de Buenos Aires de la Provincia de Buenos Aires

martes, 15 de mayo de 2012

EMERGENCIA FISICA

A PARTIR DEL 23 DE MAYO DE 2012 SE COMENZARA A UTILIZAR EL LISTADO DE EMERGENCIA DE FISICA EN EL ACTO PUBLICO DE LOS MIERCOLES 13 HS.

CONSERVATORIO JULIAN AGUIRRE

Comunicado N°………. Secretaría de Asuntos Docentes de Lomas de Zamora informa que el día 16 de mayo de 2012 se realizará la cobertura de los módulos del Conservatorio Julián Aguirre para la Extensión en el distrito de E. Adrogue. El mismo se realizará en la Sede de la Secretaría de Asuntos Docentes de Lomas de Zamora sita en Manuel Castro N° 161 Lomas de Zamora a las 14 hs. Se comunica que se utilizarán los listados de Artística Superior del distrito de Lomas de Zamora y de Almirante Brown, respetando en ambos casos los 5 puntos por residencia y se procederá a realizar el peinado de los mismos. Secretaría de Asuntos Docentes de Lomas de Zamora 10 de mayo de 2012

lunes, 14 de mayo de 2012

INGRESO 2013

Comunicado N°………. INGRESO A LA DOCENCIA INSCRIPCIÓN 2012-2013 Secretarios y/o Directivos de TODOS los Niveles y Modalidades y por su intermedio con comunicación fehaciente a los Docentes de su Establecimiento A partir del 14 de mayo al 13 de julio del corriente año se encuentra abierta la inscripción al Listado Oficial 2012-2013 a través del SerVaDDo (Servicio de Valoración de Antecedentes y Desempeño Docente) INSCRIPCION TRADICIONAL La Declaración Jurada cumplimentada por el aspirante será entregada en la Secretaría de Asuntos Docentes para su posterior remisión y carga a los Tribunales de Clasificación Descentralizados. Requisitos: artículo 57º del Estatuto del Docente y sus Decretos Reglamentarios. Período de Tiempo en el cual se puede realizar la inscripción: Desde el día 14 de mayo de 2012 hasta el día 13 de julio de 2012 Los días LUNES, MARTES, MIERCOLES Y JUEVES de 8:00 a 12:00hs. Lugar: Secretaría de Asuntos Docentes Manuel Castro Nº 161 Lomas de Zamora Condiciones de entrega: 1- Sobre rubricado con Apellido y Nombres completos y número de DNI. 2- Tres (3) Planillas de Declaración Jurada firmadas en original. 3- Fotocopia de DNI. Hojas 1, 2 y cambio de domicilio (aunque esté en blanco). 4- Títulos y Cursos originales y fotocopias registrados en la Provincia de Buenos Aires INSCRIPCION VIRTUAL Si el interesado durante la cumplimentación de la Declaración Jurada Digital no estuviese de acuerdo con lo que contiene la base de datos del SerVaDo o resultare necesario la incorporación de nuevos datos, cursos, títulos, etc., entonces el aspirante, debe necesariamente concurrir a la SAD dentro del período de inscripción, con la documentación probatoria, a fin de entregarla en la Secretaría de Asuntos Docentes para su posterior remisión y carga en los Tribunales de Clasificación Descentralizados, solicitando la modificación y /o incorporación de los mismos a su legajo. SI NO LO HICIERE EN DICHO PERÍODO NO PODRÁ REALIZAR RECLAMO ALGUNO A POSTERIORI

CONCURSOS INICIAL Y PRIMARIA

COMUNICADO N°…… Secretaría de Asuntos Docentes de Lomas de Zamora solicita notificar a los docentes que se presentan para Pruebas de Selecciòn en el Nivel de Inicial y de Ed. Primaria que deberàn presentarse con carácter de MUY URGENTE en esta SAD para informarse: · Sede de la Comisión Evaluadora · Día, fecha, hora y lugar de la Asistencia Técnica · Miembros de la Comisión Evaluadora · Fecha de Inicio de Pruebas de Selección (Solo Nivel de Ed. Inicial). Secretaría de Asuntos Docentes de Lomas de Zamora 14 de mayo de 2012.

viernes, 11 de mayo de 2012

LAMENTAMOS INFORMAR EL FALLECIMIENTO DE LA PROFESORA VICTORIA MERLO, SECRETARIA DEL CENTRO EDUCATIVO COMPLEMENTARIO 803.NUESTRA SOLIDARIDAD PARA CON SU FAMILIA , COMPAÑEROS Y TODOS LOS QUE HEMOS TENIDO LA DICHA Y EL HONOR DE CONOCERLA. EXCELENTE PROFESIONAL Y MEJOR PERSONA VICKY LLENO CON SU PRESENCIA A LOS QUE LA RODEABAN.

jueves, 10 de mayo de 2012

ECONOMIA POLITICA

LA MATERIA ECONOMÍA POLÍTICA QUE SE DESIGNABA EN LOS ACTOS PÚBLICOS DEL ÁREA CIENCIAS JURÍDICAS LOS DÍAS JUEVES A LAS 11 HS, PASARA A DESIGNARSE A PARTIR DEL 17-5-12 EN EL ÁREA ADMINISTRACIÓN, JUEVES 9 HS.

especializadas E.E.M. 227

CONVOCATORIA A COBERTURA DE MATERIAS ESPECIALIZADAS EN E.E.M.Nº 27 ABORDAJE INTERDISCIPLINARIO DE LAS RELACIONES LABORALES. LEGISLACIÓN LABORAL Y LIQUIDACIÓN DE HABERES CONSULTAR EN MESA DE ENTRADAS DE S.A.D. DE LUNES A VIERNES DE 8 A 14 HS.

lunes, 7 de mayo de 2012

LEGALIZACION DE TITULOS

FRENTE A LA FACULTAD DE AVELLANEDA, AL LADO DEL SHOPPING ALTO AVELLANEDA, EN LA SEDE DE LA MUNICIPALIDAD SE PODRAN LEGALIZAR TITULOS LOS DIAS MIERCOLES DE 10 A 15 HS, YA QUE UNA DELEGACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR ESTARA TRABAJANDO ALLI.

miércoles, 2 de mayo de 2012

INSCRIPCION AVELLANEDA


SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES DE AVELLANEDA INFORMA NUEVA APERTURA DE INSCRIPCIÓN EN ÁREAS DE INCUMBENCIA  EN LOS LISTADOS IN-FINE Y EMERGENCIA POR FALTA DE RECURSOS HUMANOS A LA FECHA:



DÍA Y HORARIO DE INSCRIPCIÓN:
JUEVES DE 13 A 15:00 HORAS.
(CUPO DIARIO DE INSCRIPCIÓN 50 PERSONAS).

LISTADO 108 A (IN-FINE).
TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES.

LISTADO 108 B (IN-FINE).
MODALIDAD EDUCACIÓN  ESPECIAL (TODAS LAS ÁREAS).
INGLÉS  (TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES).
INFORMÁTICA (TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES).
FÍSICA / QUÍMICA / BIOLOGÍA (NIVEL SECUNDARIO).
MÚSICA (NIVEL INICIAL).

LISTADO DE EMERGENCIA.
MODALIDAD ED. ESPECIAL.
FÍSICA / QUÍMICA / BIOLOGÍA (NIVEL SECUNDARIO).

SE RECUERDA QUE DEBERÁN ASISTIR CON DOCUMENTACIÓN ORIGINAL DE TÍTULOS Y FOTOCOPIA DE LOS MISMOS.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

1-       DECLARACIÓN JURADA DE INSCRIPCIÓN IN-FINE 2012 POR (1) (Solicitar para fotocopiar o bajar de nuestro sitio web www.sadavellaneda.com.ar link formularios.
2-       FOTOCOPIA Y ORIGINAL DE DNI (1ra. Y 2da. Hoja y cambio de domicilio aunque este en blanco).
3-       TITULO SECUNDARIO – TERCIARIO Y/0 UNIVERSITARIO  (DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN EL CONSEJO ESCOLAR CORRESPONDIENTE A SU DISTRITO)
4-       PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS TERCIARIAS Y/O UNIVERSITARIAS DEBERÁN PRESENTAR CONSTANCIA DE ALUMNO REGULAR Y PORCENTAJE DE MATERÍAS APROBADAS DE LA CARRERA.
5-      SOBRE PAPEL MADERA (1).
IMPORTANTE
1-       PARA ESTA INSCRIPCIÓN SOLO SE EVALUARAN TÍTULOS.
2-       DESCRIBA CLARAMENTE LOS TÍTULOS DE ACUERDO AL NOMBRE ESPECÍFICO DE CADA UNO.